Desde el pasado 30 de junio, se dieron a conocer dos nuevas deducciones para la compra de vehículos eléctricos por particulares con el objetivo de seguir promoviendo la movilidad sostenible. Pero ¿en qué consisten estas nuevas ayudas del gobierno? Te las explicamos:
A partir del 30 de junio de 2023, y hasta diciembre de 2024 el gobierno aprueba una deducción del 15% del valor de adquisición de un vehículo eléctrico enchufable o de pila de combustible nuevo, al cumplir cualquiera de estas dos circunstancias:
La base máxima de deducción de IRPF en ambos casos, es de 20.000€.
Esta base está constituida por el valor de adquisición del vehículo (incluidos gastos y tributos) descontando aquellas cuantías que hayan sido subvencionadas a través de algún programa de ayudas públicas (como por ejemplo, el Plan Moves III, con el que es compatible)
Si, durante el período del 30 de junio hasta el 31 de diciembre de 2024, realizas una instalación en un inmueble de tu propiedad de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos (no afectas a una actividad económica) podrás también deducir el 15% de la cantidad.
La base máxima anual de esta deducción, es de 4.000€ anuales. La instalación debe terminar antes de 2024 y la deducción se aplicará en el período impositivo en el que se finalice.
Si te refieres a las ayudas del Plan Moves III, te dejamos este enlace a nuestro blog donde explicamos cómo debe solicitarse el Plan Moves III en Galicia.
Las deducciones de IRPF no necesitan de una solicitud previa, solo deberás declararlo a la hora de presentar tu declaración en Hacienda.